El Consejo de Ministros incluye Ubrique entre los municipios afectados por la emergencia para poder solicitar ayudas

El Consejo de Ministros ha declarado zonas afectadas por una emergencia de protección civil los territorios afectados por un total de 76 episodios catastróficos, en su mayoría provocados por las sucesivas borrascas que han azotado la Península entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026, según informó la Subdelegación del Gobierno central en Cádiz en un comunicado difundido el 11 de febrero de 2026. Entre los municipios incluidos en esta declaración figura Ubrique.
El comunicado oficial de la Subdelegación del Gobierno dice así: «A propuesta del Ministerio del Interior, el Gobierno ha declarado este martes zonas afectadas por una emergencia de protección civil los territorios afectados por un total de 76 episodios catastróficos, en su mayoría provocados por las sucesivas borrascas que han azotado la Península entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026. Esta declaración incluye a la totalidad de municipios de la provincia de Cádiz, que han sufrido daños de todo tipo.
Las emergencias comunicadas al Centro Nacional de Emergencias (CENEM) durante ese periodo obligaron a la Junta de Andalucía a activar las distintas situaciones operativas de sus planes autonómicos de protección civil.
El Gobierno ha decidido incluir estos sucesos dada su excepcionalidad, por tratarse de una concatenación de borrascas y por la existencia de una reiteración de episodios adversos en un corto espacio de tiempo, y al tener constancia de los daños a la población, las infraestructuras y servicios públicos, circunstancias que, sin perjuicio de la actuación de las administraciones territoriales en el ejercicio de sus competencias, justifican la adopción de una respuesta de carácter extraordinario por parte del Estado para contribuir al restablecimiento de la normalidad en las zonas afectadas.
Entre el 10 de noviembre de 2025 y el 9 de febrero de 2026 se han producido, en distintas partes del territorio nacional, fenómenos meteorológicos adversos y otros sucesos de protección civil de diversa naturaleza que han ocasionado incidencias relevantes en personas, bienes, infraestructuras y servicios esenciales, alterando de forma significativa la normalidad en las zonas afectadas. Este periodo ha estado marcado por una persistente inestabilidad atmosférica caracterizada por la sucesión de lluvias intensas, viento fuerte, nevadas, descensos térmicos y fenómenos costeros, en ocasiones asociados a borrascas de impacto significativo».

Ayudas del Ministerio del Interior
«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, el acuerdo recoge ya una serie de ayudas que los damnificados pueden solicitar desde el momento en el que se produjo la emergencia y cuya gestión corresponde al Ministerio del Interior.
Estas ayudas están destinadas a paliar daños personales; daños materiales en vivienda y enseres; corporaciones locales; establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, así como a subvencionar a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes para responder a las consecuencias de la emergencia.
Además, el departamento estudiará la posibilidad de aprobar una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico en trámites como el duplicado de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados, así como las tasar por expedición del DNI».

Otras ayudas
«La declaración de zona afectada por una emergencia de protección civil abre además la vía para que otros departamentos del Gobierno puedan habilitar otras ayudas propias de sus ámbitos competenciales, y que pueden ser las siguientes:

  • Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas. Como siempre, están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y bonificaciones y exenciones de cuotas de la Seguridad Social.
  • Ayudas a las corporaciones locales: el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática concederán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
  • Daños en infraestructuras públicas y en el dominio público: todos los ministerios, en el ámbito de sus competencias, podrán declarar zona de actuación especial, así como la emergencia de las obras para reparar los daños causados en infraestructuras de titularidad pública o en el dominio público.
  • En materia de contratación, podrán tener la consideración de obras, servicios o suministros de emergencia, previo acuerdo del órgano de contratación conforme al artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, los contratos de reparación o mantenimiento de infraestructuras, equipamientos o servicios, de obras de reposición de bienes perjudicados y de valoraciones de daños, cualquiera que sea su cuantía.
  • Se podrá declarar urgente la ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones derivadas de la realización de estas obras, conforme a la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954″.

El comunicado añade: «El acuerdo recoge una relación abierta de las medidas y ayudas que, con mayor frecuencia y en atención a la naturaleza de los daños, suelen adoptarse en caso de emergencias de protección civil de este tipo, y son subsidiarias a las que puedan adoptar las comunidades autónomas y las entidades locales en ejercicio de sus competencias.
Una vez que la Administración General del Estado disponga de una evaluación de los daños producidos, en colaboración con el resto de las administraciones autonómicas y locales, este acuerdo podrá completarse con la adopción de otras medidas que se consideren procedentes y complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales en el ámbito de sus competencias en materia de protección civil.
En todo caso, la aprobación definitiva de estas medidas y ayudas queda condicionada a la acreditación de los daños producidos en los procedimientos que se tramiten ante los departamentos ministeriales competentes por razón de la línea de ayuda, incentivo o medida de recuperación».

Situación de la calle Torre, con Saucos al fondo, el 11 de febrero de 2026, con la riada de agua procedente de Ubrique el Alto.
Situación de la calle Torre, con Saucos al fondo, el 11 de febrero de 2026, con la riada de agua procedente de Ubrique el Alto.

Comunicado del Ayuntamiento de Ubrique
El Ayuntamiento de Ubrique difundió el 11 de febrero de 2026 el siguiente comunicado:
«El Ayuntamiento de Ubrique informa que es importante que todas las personas que están sufriendo daños en sus viviendas lo comuniquen a sus seguros de hogar y que confirmen que lo trasladan al Consorcio de Compensación de Seguros para la solicitud de la indemnización por daños materiales.
Para realizar los trámites hay que aportar la siguiente documentación:

  • Datos de la póliza de seguro que esté vigente: entidad aseguradora y número de póliza.
  • Datos de quien presenta la comunicación de daños por teléfono y datos del asegurado, si usted fuera distinta persona que el asegurado deberá facilitar el correo electrónico y /o teléfono móvil del asegurado, además de la dirección postal y cualquier otro teléfono que quiera aportar.
  • Datos para el pago de la indemnización: El Código Internacional de su Cuenta Bancaria IBAN (24 dígitos), compuesto de dos caracteres alfabéticos que identifican el país y dos dígitos de control; número de la entidad bancaria; número de la sucursal; y número de la cuenta corriente.
  • En caso de no disponer de una cuenta bancaria en España, necesitará una cuenta bancaria en el extranjero.
  • En el caso de daños a vehículos a motor: marca, modelo y matrícula del vehículo dañado. Si se encontrase en un taller para ser reparado, es muy recomendable facilitar el nombre, dirección y teléfono del mismo para agilizar la peritación de daños.
  • Fecha del siniestro.
  • Dirección postal completa, incluido el código postal, del lugar de ocurrencia del siniestro.
  • Las personas que tengan dudas en los trámites pueden acudir al Punto Vuela Ubrique en horario de 9 a 14 horas y de 17 a 19:30 horas para recibir asesoramiento.
  • Este es el enlace desde donde pueden hacer la tramitación. Se aconseja hacer la comunicación de forma urgente y realizar fotografías de los daños».
    https://apps2.consorseguros.es/ComunicacionDanosMaterialesVI/logon.do?_gl=1*gg1wn8*_ga*MTExMTYwOTUxNy4xNzcwNzMyNTM4*_ga_7B4ZHTD3FW*czE3NzA3MzI1MzckbzEkZzEkdDE3NzA3MzI1NDYkajUxJGwwJGgw
    (Consorcio de Compensación de Seguros).
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