
El comunicado de Ecologistas en Acción continúa: «El Ayuntamiento de Ubrique solo ordenó la demolición de una pequeña edificación de 20 m2, pero no inició ningún expediente sancionador ni de restauración de la legalidad urbanística por la construcción de estos edificios ilegales. Y ello a pesar de ser una finca muy conocida de un empresario muy conocido, donde se han celebrado eventos multitudinarios con la asistencia de relevantes políticos.
Este proyecto “turístico” es llana y simplemente una tomadura de pelo, pues solo pretende legalizar unas edificaciones que por su edificabilidad, tipología y uso son incompatibles con el PGOU de Ubrique, dándole apariencia de instalación turística para poder seguir dándole un uso privativo y residencial por parte de sus promotores, tal y como ha sucedido hasta la fecha.
Estas obras fueron denunciadas por Ecologistas en Acción a la Junta de Andalucía, que se limitó a solicitar información al Ayuntamiento de Ubrique, que contestó que se iban a legalizar como instalación turística, por lo que no se incoaron los preceptivos expedientes sancionadores y de restauración de la legalidad urbanística. Más grave aún es que la Consejería de Obras Públicas y Transporte –cuyas competencias urbanísticas están ahora en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio-, informó favorablemente el Proyecto de Actuación de este supuesto complejo turístico. Para remate de los despropósitos, el Ayuntamiento declaró este complejo ilegal como “Actuación de Interés Público”.
Este supuesto complejo Turístico Rural nunca ha estado abierto al público -lo que demuestra el fraude de todo este proceso-, y ahora solicitan licencia para remodelarlo y ampliarlo. El complejo que se pretende legalizar bajo el subterfugio de “Turismo Rural” tiene nada más y nada menos que 2.034 m2, incluyendo cuatro edificios ya construidos de forma ilegal, una nave ganadera que se pretende reconvertir en un apartamento y tres cabañas de nueva construcción.
La única actuación que deben emprender las administraciones públicas –Ayuntamiento y Junta de Andalucía- es la de hacer cumplir la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, en las prescripciones que correspondan al Suelo no urbanizable, la normativa medioambiental y municipal vigente, y el Decreto 60/2010 por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de Andalucía, rechazando cualquier proyecto que conlleve el mantenimiento de las edificaciones ilegalmente construidas, y por tanto impidiendo cualquier intento de eludir la aplicación de las normas legales vigentes. Lo contrario sería un frade legal, un trato de favor inadmisible en un estado de derecho, y la consolidación de la política de hechos consumados y de la impunidad de los delitos urbanísticos que tanto daño han hecho a este país».
